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    permite garantizar y asegurar el cumplimiento de los lineamientos de seguridad en todos los trabajadores

    Santiago

    Chicos, ¿alguien sabe la respuesta?

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    ¿Cómo gestionar la seguridad y salud en el trabajo? (Administración e inspección del trabajo)

    ¿Cómo gestionar la seguridad y salud en el trabajo?

    La gestión de la seguridad y la salud forma parte de la gestión de una empresa. Las empresas deben hacer una evaluación de los riesgos para conocer cuáles son los peligros y los riesgos en sus lugares de trabajo, y adoptar medidas para controlarlos con eficacia, asegurando que dichos peligros y riesgos no causen daños a los trabajadores.

    La OIT ha publicado unas directrices sobre el desarrollo de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo ILO-OSH 2001 .

    Estas directrices se concibieron como un instrumento práctico de ayuda a las organizaciones (ya sean empresas, sociedades, establecimientos, compañías, instituciones o asociaciones, o una parte de ellas, públicas o privadas, declaradas o no… que tenga gestión y funciones), y a las instituciones competentes para mejorar de manera continuada la eficacia de la SST. Se formularon con arreglo a principios acordados a nivel internacional y definidos por los mandantes tripartitos de la OIT. Las recomendaciones prácticas de las directrices están dirigidas a todas aquellas personas con responsabilidades en la gestión de la SST.

    La seguridad y la salud en el trabajo, incluyendo el cumplimiento de los requisitos en materia de SST con arreglo a las legislaciones nacionales, son responsabilidad y deber del empleador. El empleador debería dar muestras de un liderazgo y compromiso firmes respecto de las actividades de SST en la organización, y adoptar las disposiciones necesarias para el establecimiento de un sistema de gestión de la SST que incluya los principales elementos de política, organización, planificación y aplicación, evaluación y acción en pro de mejoras, tal como se muestra en el gráfico 1.

    Gráfico 1. Principales elementos del sistema de gestión de la SST.

    Estudio de caso: Ejemplo de sistema de gestión de la SST.Esta sección proporciona información sobre aquellas cuestiones que el empleador debe tomar en consideración cuando gestiona la seguridad y la salud, y cuando evalúa los riesgos en el lugar de trabajo. Muestra cómo proceder con arreglo al enfoque orientado a la mejora continua, antes mencionado.

    Dans cette section :

    Política Organización

    Planificación y aplicación

    Evaluación

    Adopción de medidas en pro de mejoras

    Control de los riesgos

    Accidentes e investigaciones

    Lugares de trabajo con múltiples empleadores

    Elección de la persona que puede ayudar al empleador en el cumplimiento de sus obligaciones

    Celebración de consultas con los trabajadores

    Capacitación e información

    Supervisión Primeros auxilios

    Señales de seguridad

     Política

    Política en materia de seguridad y salud en el trabajo

    El empleador, en consulta con los trabajadores y sus representantes, debería establecer por escrito una política de SST, comprometerse a aplicarla y comunicarla a todos los trabajadores.

    Más información

    Participación de los trabajadores

    La participación de los trabajadores es un elemento esencial del sistema de gestión de la SST en la organización.

    El empleador debería asegurar que los trabajadores, y sus representantes en materia de SST, son consultados e informados acerca de todos los aspectos de la SST relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a situaciones de emergencia, y están capacitados en relación con los mismos.

    El empleador debería adoptar medidas para que los trabajadores, y sus representantes en materia de SST, dispongan de tiempo y de recursos para participar activamente en los procesos de organización, planificación y aplicación, evaluación y acción dirigidos a perfeccionar el sistema de gestión de la SST.

    El empleador debería asegurar, según corresponda, el establecimiento y el funcionamiento eficiente de un comité de SST, así como el reconocimiento de los representantes de los trabajadores en la materia de conformidad con la legislación y la práctica nacionales.

     Organización

    Responsabilidad y obligación de rendir cuentas

    El empleador debería asumir la responsabilidad general de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores y el liderazgo de las actividades de SST en la organización.

    El empleador y los directores de mayor rango deberían asignar la responsabilidad, la obligación de rendir cuentas y la autoridad necesarias en relación con la aplicación y el desempeño del sistema de gestión de la SST, así como del logro de los objetivos pertinentes.

    Más información

    Competencia y capacitación

    El empleador debería definir las competencias necesarias en materia de SST, (educación, experiencia laboral y formación, o una combinación de las tres), y deberían adoptarse y aplicarse disposiciones para asegurar que todas las personas, en particular los trabajadores recién incorporados al puesto de trabajo y los trabajadores jóvenes, han recibido la formación necesaria y son competentes para abordar los aspectos relacionados con la seguridad y la salud de sus tareas y responsabilidades.

    El empleador debería contar con competencias de SST suficientes o tener acceso a las mismas, para identificar y eliminar o controlar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo, y para aplicar el sistema de gestión de la SST.

    fuente : www.ilo.org

    DOF

    REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    REGLAMENTO Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

    ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 27, 32 Bis, 33, 34, 36, 39 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 132, fracciones XVI, XVI Bis, XVII, XVIII, XIX Bis y XXVII, 134, fracción II, 153-C, fracción II, 166, 167, 175, 176, 473, 475 Bis, 512, 512-A, 512-B, 512-C, 512-D, 992, 994, fracción V, y 1002 de la Ley Federal del Trabajo, he tenido a bien expedir el siguiente

    REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    TÍTULO PRIMERO

    Disposiciones Generales, Competencias y Sujetos Obligados

    Capítulo Primero

    Disposiciones Generales

    Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.

    Artículo 2. Este Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que deberán observarse en los Centros de Trabajo, a efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo que señala la Ley Federal del Trabajo.

    Artículo 3. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:

    I.     Accidente de Trabajo: Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste;

    II.    Acciones Preventivas y Correctivas: Aquéllas que se establecen a partir del Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo;

    III.    Autoridad Laboral: Las unidades administrativas competentes de la Secretaría que realizan funciones de inspección y vigilancia en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas, que actúen en auxilio de aquéllas;

    IV.   Centro de Trabajo: El lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones y áreas, donde se realicen actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;

    V.    Condiciones Inseguras: Aquéllas que derivan de la inobservancia o desatención de los procedimientos o medidas de seguridad dispuestos en este Reglamento y las Normas, y que pueden conllevar la ocurrencia de incidentes, Accidentes y Enfermedades de Trabajo o daños materiales al Centro de Trabajo;

    VI.   Condiciones Peligrosas: Aquellas características inherentes a las instalaciones, procesos, maquinaria, equipo, herramientas y materiales, que pueden poner en Riesgo la salud, la integridad física o la vida de los trabajadores, o dañar las instalaciones del Centro de Trabajo;

    VII.  Contaminantes del Ambiente Laboral: Los agentes físicos, químicos y biológicos capaces de modificar las condiciones ambientales del Centro de Trabajo, que por sus propiedades, concentración, nivel, así como tiempo de exposición o acción pueden alterar la salud del Personal Ocupacionalmente Expuesto;

    VIII.  Control: El proceso mediante el cual se instrumentan las medidas de seguridad, derivadas de la Evaluación de los agentes Contaminantes del Ambiente Laboral, a efecto de no rebasar los valores límite de exposición;

    IX.   Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo: La identificación de las Condiciones Inseguras o

    Peligrosas; de los agentes físicos, químicos o biológicos o de los Factores de Riesgo Ergonómico o Psicosocial capaces de modificar las condiciones del ambiente laboral; de los peligros circundantes al Centro de Trabajo, así como de los requerimientos normativos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que resulten aplicables;

    X.    Enfermedad de Trabajo: Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios;

    XI.   Entorno Organizacional Favorable: Aquél en el que se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización; la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y la Evaluación y el Reconocimiento del desempeño;

    XII.  Equipo de Protección Personal: El conjunto de elementos y dispositivos diseñados específicamente para proteger al trabajador contra Accidentes y Enfermedades de Trabajo;

    XIII.  Espacio Confinado: El lugar o lugares sin ventilación natural, en el que una o más personas puedan desempeñar una determinada tarea en su interior, con medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no están diseñados para ser ocupados en forma continua y en los cuales se realizan trabajos ocasionalmente;

    XIV. Evaluación: El proceso por medio del cual se efectúa el muestreo; la determinación analítica, tratándose de los agentes químicos Contaminantes del Ambiente Laboral, y la comparación de los resultados, conforme a los valores límite de exposición;

    fuente : www.dof.gob.mx

    Normatividad, seguridad e higiene en los procesos de Producción • gestiopolis

    La seguridad industrial es una disciplina que tiene como misión el estudio de los accidentes de trabajo analizando las causas que lo provocan, así como también controlar el riesgo de daños tanto a las personas como a los equipos y materiales que intervienen en el desarrollo de toda actividad productiva...

    ADMINISTRACIÓNTALENTO

    Normatividad, seguridad e higiene en los procesos de Producción

    M Magdalena Reyes21 minutos de lectura

    La seguridad e higiene industrial aplicadas en los procesos de producción, es un factor de suma importancia en toda industria, ya que tienen como objetivo el cumplimiento de la normas para salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores, lo cual permite tener un control sobre los métodos y procedimientos dentro de la industria, lo que se traduce en una reducción de costos y tiempo y un alto grado de producción, calidad y competitividad en el mercado.

    INTRODUCCIÓN

    Practicar una cultura de seguridad y prevención de riesgos, así como seguir y respetar las diferentes normas que cada empresa o fábrica debe tener, de acuerdo con las características propias de las actividades y procesos industriales que ahí se efectúen, permitirá alcanzar altos niveles de productividad y hacer más eficiente la gestión total de los procesos técnicos; ya que la seguridad industrial está directamente relacionada con la continuidad del negocio: en el mejor de los casos, el daño de una máquina, un accidente de trabajo o cualquier otro evento no deseado consume tiempo de producción y dinero y en otros casos, puede llevar al cierre definitivo de esta.

    El presente ensayo estará dirigido al cuerpo directivo de la unidad productora, con la intención de que sirva como punto de referencia para la implementación de reglamentos y acciones que en el campo de la higiene y la seguridad aseguren la continuidad del proceso productivo.

    Dicho ensayo estará dividido en tres capítulos, el primero seguridad e higiene industrial se centra en explicar de forma general qué se entiende por seguridad e higiene industrial,  su objetivo primordial y los principales tipos de riesgos en los procesos de producción; el segundo capítulo fundamentos legales de la seguridad e higiene, mencionará las principales normas a cumplir dentro de la industria y, por último, el capítulo tres prevención de riesgos, se concentrará en mencionar cómo debe ser elaborado un programa de prevención y un programa de emergencia.

    1. SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

    1.1.CONCEPTOS BÁSICOS

    La seguridad industrial es una disciplina que tiene como misión el estudio de los accidentes de trabajo analizando las causas que lo provocan, así como también controlar el riesgo de daños tanto a las personas como a los equipos y materiales que intervienen en el desarrollo de toda actividad productiva.

    Para Mancera “la higiene industrial es la ciencia y el arte dedicados al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores ambientales que se originan en, o por los lugares de trabajo, los cuales pueden ser causa de enfermedades, perjuicios para la salud o el bienestar, incomodidades o ineficiencia entre los trabajadores, o entre los ciudadanos de la comunidad” (2012, p. 15). Ya sea que algunos de estos factores sean por condiciones inseguras o actos inseguros por parte del trabajador.

    Las condiciones inseguras son aquellos factores del medio ambiente de trabajo que pueden provocar un accidente, por ejemplo, la suciedad y desorden en el área de trabajo o instalaciones en malas condiciones.

    Un acto inseguro son las conductas por acción u omisión que conllevan a la violación de procedimientos, normas, leyes, reglamentos o prácticas seguras establecidas que puedan causar accidentes.

    El objetivo de ambas disciplinas aplicadas a los centros de trabajo es salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas tanto a que les proporcionen las condiciones para el trabajo, como a capacitarlos y adiestrarlos para que se eviten, dentro de lo posible, las enfermedades y los accidentes laborales.

    Los accidentes de trabajo son toda lesión funcional y corporal, permanente o temporal, que causan la pérdida o reducción de la capacidad de trabajo. Se aplica a todo riesgo o acción que suponga una dolencia o daño para una persona mientras la misma se encontraba trabajando. Se incluyen accidentes en trayecto.

    Los accidentes en trayecto son los que le ocurren al trabajador al trasladarse, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél.

    Un factor de riesgo es toda circunstancia o situación que aumenta las probabilidades de una persona de contraer una enfermedad o cualquier otro problema de salud.

    A su vez, la seguridad e higiene industrial se relaciona con la ergonomía, con el fin de analizar todas aquellas exigencias que presenten los trabajadores y la maquinaria, al igual que adecuar equipos y herramientas, con el propósito de evitar todos aquellos factores ambientales que originan las enfermedades laborales.

    La Ergonomía, que es la que se encarga de procurar la implementación de lugares de trabajo, diseñadas de tal manera que se adapten a las características anatómicas, fisiológicas y psicológicas de las personas que laboren en ese sitio.

    1.2.TIPOS DE RIESGOS EN PROCESOS PRODUCTIVOS

    Los trabajadores no crean los riesgos; en muchos casos, los riesgos están ya en el lugar de trabajo. Y es responsabilidad del personal encargado en materia de salud y seguridad laboral cuidar de que el trabajo sea más seguro modificando el lugar de trabajo y cualquier tipo de procedimientos de trabajo inseguros que existan. Es decir, que la solución consiste en suprimir los riesgos, no en esforzarse en que los trabajadores se adapten a unas condiciones inseguras.

    fuente : www.gestiopolis.com

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    Santiago 1 month ago
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