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    derecho a la protección de la salud y a la seguridad social

    Santiago

    Chicos, ¿alguien sabe la respuesta?

    obtenga derecho a la protección de la salud y a la seguridad social de este sitio.

    Acerca del derecho a la seguridad social

    El derecho a la seguridad social es de importancia fundamental para garantizar a todas las personas su dignidad humana cuando hacen frente a circunstancias que les privan de su capacidad para ejercer plenamente los derechos humanos. El derecho a la seguridad social incluye el derecho a obtener y mantener prestaciones sociales, sin discriminación, con el fin de obtener protección, en particular contra:

    Acerca del derecho a la seguridad social

    El ACNUDH y el derecho a la seguridad social

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    Acerca de la seguridad social y los derechos humanos

    El derecho a la seguridad social es de importancia fundamental para garantizar a todas las personas su dignidad humana cuando hacen frente a circunstancias que les privan de su capacidad para ejercer plenamente los derechos humanos.

    El derecho a la seguridad social incluye el derecho a obtener y mantener prestaciones sociales, sin discriminación, con el fin de obtener protección, en particular contra:

    la falta de ingresos procedentes del trabajo debido a enfermedad, invalidez, maternidad, accidente laboral, vejez o muerte de un familiar;gastos excesivos de atención de salud; yun apoyo familiar insuficiente, en particular para los hijos y los familiares a cargo.

    La seguridad social desempeña un papel importante para reducir y mitigar la pobreza, prevenir la exclusión social y promover la inclusión social.

    La protección social es esencial para las personas de edad, las personas con discapacidad y los jóvenes

    Las pensiones sociales son un elemento fundamental del derecho a la seguridad social para las personas de edad cuyo disfrute de los derechos humanos se ve amenazado por falta de una pensión social suficiente. Las mujeres de edad son especialmente vulnerables. Viven más tiempo y, a lo largo de su vida, realizan una labor asistencial no remunerada que restringe su capacidad de obtener empleo formal y, por consiguiente, de acceder a la seguridad social contributiva o a salarios decentes. Las políticas sociales y económicas deben corregir este desequilibrio promoviendo la igualdad entre mujeres y hombres en lugar de ampliar la brecha. El cuidado de los niños, por ejemplo, debe estar garantizado como medida de protección social. El nivel de prestaciones de las pensiones sociales debe garantizar un nivel de vida adecuado.

    La protección social es fundamental para que las personas con discapacidad puedan independizarse de sus familias, fomentar su participación social y fortalecer su capacidad de vivir con dignidad. Esta protección puede mejorar la productividad, la empleabilidad y el desarrollo económico de las personas con discapacidad y, por consiguiente, contribuir a la seguridad de sus ingresos.

    La protección social es esencial para mitigar los efectos negativos del desempleo en los jóvenes, crear acceso a la educación superior, facilitar su transición de la escuela al trabajo y mejorar sus oportunidades en el mercado laboral, asegurando al mismo tiempo un disfrute mínimo de sus derechos económicos y sociales, incluidos sus derechos a la salud, la alimentación, el agua y el saneamiento, la educación y la vivienda.

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    Protección social

    fuente : www.ohchr.org

    Derecho a la protección de la Salud

    */ /*-->*/   Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, si las personas hacen uso de los servicios de salud tienen el derecho de obtener prestaciones oportunas, profesionales, idóneas y responsables.

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    Derecho a la protección de la Salud

    Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, si las personas hacen uso de los servicios de salud tienen el derecho de obtener prestaciones oportunas, profesionales, idóneas y responsables.

    El Estado otorgará servicios de salud a través de la Federación, Estados y Municipios de acuerdo a lo establecido en la ley.

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    Protección de la salud y a la seguridad social es derecho de niñas, niños y adolescentes

    Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servi...

    Protección de la salud y a la seguridad social es derecho de niñas, niños y adolescentes

    Protección de la salud y a la seguridad social es derecho de niñas, niños y adolescentes Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud.

    Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes | 02 de mayo de 2018

    Doctor revisa el oido de un niño.

    Las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:

    Reducir la morbilidad y mortalidad;

    Asegurar la prestación de la asistencia médica y sanitaria que sean necesarias a niñas, niños y adolescentes, haciendo hincapié en la atención primaria;

    Promover en todos los grupos de la sociedad y, en particular, en quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, de niños, niñas y adolescentes, los principios básicos de la salud y la nutrición, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes;

    Adoptar medidas tendientes a la eliminación las prácticas culturales, usos y costumbres que sean perjudiciales para la salud de niñas, niños y adolescentes;

    Desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, y la educación y servicios en materia de salud sexual y reproductiva;

    Establecer las medidas tendentes a prevenir embarazos de las niñas y las adolescentes;

    Asegurar la prestación de servicios de atención médica respetuosa, efectiva e integral durante el embarazo, parto y puerperio, así como para sus hijas e hijos, y promover la lactancia materna exclusiva dentro de los primeros seis meses y complementaria hasta los dos años, así como garantizar el acceso a métodos anticonceptivos;

    Combatir la desnutrición crónica y aguda, sobrepeso y obesidad, así como otros trastornos de conducta alimentaria mediante la promoción de una alimentación equilibrada, el consumo de agua potable, el fomento del ejercicio físico, e impulsar programas de prevención e información sobre estos temas;

    Fomentar y ejecutar los programas de vacunación y el control de la niñez y adolescencia sana para vigilar su crecimiento y desarrollo en forma periódica;

    Atender de manera especial las enfermedades respiratorias, renales, gastrointestinales, epidémicas, cáncer, VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual e impulsar programas de prevención e información sobre éstas;

    Proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva;

    Disponer lo necesario para que niñas, niños y adolescentes con discapacidad reciban la atención apropiada a su condición, que los rehabilite, mejore su calidad de vida, facilite su interacción e inclusión social y permita un ejercicio igualitario de sus derechos;

    Prohibir, sancionar y erradicar la esterilización forzada de niñas, niños y adolescentes y cualquier forma de violencia obstétrica;

    Establecer las medidas para que en los servicios de salud se detecten y atiendan de manera especial los casos de víctimas de delitos o violaciones a sus derechos, o sujetos de violencia sexual y familiar, de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia;

    Establecer medidas tendentes a la prevención, atención, combate y rehabilitación de los problemas de salud pública causados por las adicciones;

    Establecer medidas tendentes a que en los servicios de salud se detecten y atiendan de manera especial los casos de niñas, niños y adolescentes con problemas de salud mental;

    Establecer medidas para la detección temprana de discapacidades a efecto de prevenir y reducir al máximo la aparición de nuevas discapacidades y asegurar los mayores niveles de atención y rehabilitación, y

    Proporcionar el acceso a los bienes, servicios, ayudas técnicas y rehabilitación que requieren niñas, niños y adolescentes con discapacidad.

    Asimismo, garantizarán que todos los sectores de la sociedad tengan acceso a educación y asistencia en materia de principios básicos de salud y nutrición, ventajas de la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses y complementaria hasta los dos años de edad, así como la prevención de embarazos, higiene, medidas de prevención de accidentes y demás aspectos relacionados con la salud de niñas, niños y adolescentes.

    Los Sistemas Nacional y estatales de Salud deberán garantizar el pleno cumplimiento del derecho a la salud atendiendo al derecho de prioridad, al interés superior de la niñez, la igualdad sustantiva y la no discriminación, así como establecer Acciones afirmativas a favor de niñas, niños y adolescentes.

    En todos los casos se respetará el derecho a la intimidad de niñas, niños y adolescentes.

    Las autoridades deberán garantizar el derecho a la seguridad social y desarrollar políticas para fortalecer la salud materno infantil y aumentar la esperanza de vida.

    fuente : www.gob.mx

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    Santiago 9 day ago
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